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Seguridad

 

¿Necesito cablear mi casa para poner una alarma?

AAS Seguridad dispone de sistemas interconectados vía radio, por lo que no es necesario cablear la casa o la instalación. La centralita del sistema sí que requiere una alimentación a 220V. Sería el único dispositivo que realmente necesitaría cables ya que el resto funcionan con baterías de larga duración.

¿Alarma inalámbrica o cableada?

Los sistemas cableados son aquellos que se conectan a través de cables de comunicación. En estos casos es necesario tener una conexión permanente con el panel de control (CPU) para recibir las señales de todos los elementos que componen el sistema de seguridad. Por otro lado, los sistemas inalámbricos son aquellos cuyos elementos están conectados a través de señales inalámbricas. Aunque ambos sistemas son igual de efectivos, hay circunstancias en las que es más interesante decantarse por uno u otro:

Si la instalación a proteger es muy grande o está en construcción, el sistema cableado es la mejor opción. El sistema de seguridad vía radio necesitará de mantenimiento al tener todos sus elementos funcionando mediante pilas, las cuales deberán ser sustituidas cada cierto tiempo.

Los sistemas inalámbricos tienen su principal ventaja en el coste de la instalación, el cual es considerablemente menor que el de los sistemas cableados. Los dispositivos inalámbricos son perfectos para entornos más pequeños, sistemas idóneos para el cambio de instalaciones en el caso de traslado (algo que con un sistema cableado sería un proyecto mucho más costoso).

En conclusión, los sistemas cableados suelen ser idóneos para las áreas industriales, empresas, fábricas, construcciones, fincas o grandes almacenes. Un mayor perímetro a cubrir hace que sea más efectiva la instalación de alarmas cableadas, de este modo la comunicación con la central no tendrá grandes interferencias. Por otro lado, y por lo expuesto con anterioridad, los sistemas inalámbricos son más efectivos en apartamentos pequeños, pisos, casas y negocios de un tamaño reducido.

Si instalo una alarma, ¿la tengo que conectar a una Central de Alarmas obligatoriamente?

No, no es necesario, pero sí muy recomendable. Si un sistema no se encuentra conectado con una CRA, se va a carecer de algo tan importante como el chequeo constante del sistema de seguridad (llamado pulling o test automático).  Se comprueba y analiza constantemente el sistema para la comprobación de posibles sabotajes de la instalación, inhibidores, o cortes de línea telefónica.

No conectar su sistema a una Central Receptora supone asumir la autogestión de la alarma. El cliente mismo será el que gestione el sistema, teniendo que avisar en caso de robo a las fuerzas de orden público si existiera cualquier tipo de incidente. La autogestión requiere tener cobertura y batería en su móvil o Tablet en todo momento.

¿Qué ventajas me aporta conectar mi alarma a una CRA?

  • Protección 24 horas: Estar respaldado por un equipo humano las 24 horas del día, proporcionando el servicio de seguridad más profesional.
  • Mantenimiento: Con una cuota personalizada y adaptada a tu instalación. Esto permitirá alargar la vida útil de tu sistema y sacarle el máximo partido. Con la cuota de tu CRA tienes derecho a revisiones anuales (obligatorias por ley - una revisión presencial al año más tres revisiones bidireccionales desde la propia Central Receptora de Alarmas según la vigente normativa de seguridad privada).
  • Despreocúpate: Si no tienes tu alarma conectada auna central, todas las conexiones serán recibidas a tu teléfono móvil ¿Qué ocurre entonces si tu teléfono móvil no está operativo? Directamente nada. Es por ello por lo que conectarse a una central supone la tranquilidad total que garantiza un sistema de seguridad.
  • Disuasorio: El intruso se cuidará mucho de entrar a una propiedad conectada a CRA dada la rapidez en la reacción y la alerta a la policía.

 

 

 

¿Necesito línea telefónica para instalar una alarma?

Dependerá de los servicios que uno desee incluir en su sistema y del asesoramiento de su empresa de seguridad. La necesidad también varía en función del nivel de riesgo de la instalación a proteger: el qué, quién y contra quién (protegemos). Si no se dispone de línea telefónica (RTB), actualmente se puede conectar cualquier sistema de seguridad a la Central de Alarmas vía GPRS (tarjeta M2M) o por ADSL- Fibra óptica.

¿Puedo consultar la actividad de mi sistema de alarma a través de internet?

Podrás monitorizar la actividad de accesos a tu sistema de seguridad en cualquier momento. En un negocio es importante tener controlados los horarios en los que el personal accede a la instalación y activa o desactiva las alarmas, ya que en muchas empresas se realizan aperturas a deshoras y sin control (equipos de limpieza, proveedores, mantenimientos, ...). En AAS Seguridad, facilitamos el acceso mediante una aplicación móvil (app) y con un entorno seguro (conexión encriptada). Podrás ver el histórico de aperturas y cierres, o el de conexiones y desconexiones, para saber quién conecta o desconecta la instalación de seguridad, quien arma y/o desarma el sistema, etc.

¿Puedo ver las imágenes de las cámaras de seguridad si saltan las alarmas?

Sí, siempre y cuando el sistema disponga de un sistema de CCTV (Circuito Cerrado de Televisión) y se disponga de un DVR, de un NVR (grabadoras digitales), o de una instalación de cámaras IP. El usuario autorizado podrá ver en todo momento las cámaras de su CCTV en tiempo real o recuperar imágenes grabadas.

En estos casos es muy importante estar bien registrado en la ley de protección de datos (LOPD) en el apartado de sistemas de videovigilancia. Para ello, en AAS Seguridad colaboramos y nos asesoramos con un gabinete especializado.

¿Puedo ver el CCTV desde internet, mi Tablet o mi móvil?                      

Con los sistemas de CCTV, AAS Seguridad pone al servicio de sus clientes la última tecnología en sistemas de monitorización de imágenes en dispositivos de videovigilancia y ofrece una gama completa adaptada a cualquier dispositivo, ya sea un ordenador, un móvil (iPhone, Android, ...) o una Tablet. De esta forma, podrá monitorizar en tiempo real su negocio, vivienda o espacio siempre que quiera.

También instalamos sistemas de cámaras IP, grabadores trihíbridos para cámaras analógicas, digital HD e IP… De este modo, podemos ofrecer dicha monitorización en tiempo real y en máxima calidad (4K, 8K…).

¿Puedo cambiar la conexión de alarma a otra compañía?

El cambio de compañía que explota los servicios de conexión de una alarma es viable siempre y cuando el equipo sea de su propiedad y su contrato con la empresa de seguridad no esté en permanencia (que haya finalizado su compromiso). Además, es necesario disponer de un sistema abierto.

Si desconoce la propiedad de su equipo, AAS Seguridad puede hacer la consulta por usted. Además, le asesoraremos en la tramitación del cambio de empresa a la Central Receptora que usted desee o más se ajuste a sus necesidades.

Me mudo… ¿Qué hago con mi alarma?

Los sistemas de seguridad cableados son, por lo general, muy difíciles de desmontar y de desinstalar: solo se podrán aprovechar los elementos de los que está compuesto el sistema (dejando el cableado instalado en la pared). Por el contrario, si el sistema de seguridad con alarmas que posees actualmente activado está integrado por dispositivos inalámbricos, podrás trasladarlo hasta tu lugar de destino sin que esto signifique esfuerzo alguno.

De hecho, desinstalar un sistema de alarmas es bastante sencillo. Lo que debes tener en cuenta es que hay que tener especial cuidado en no destruir o dañar alguna de las piezas durante la extracción. Lo más recomendables es pedir ayuda a los expertos de la empresa de seguridad que te presta el servicio.

¿Está mi negocio o establecimiento obligado a tener un tipo de sistema de seguridad?

Según el vigente Reglamento de Seguridad Privada, existen cuatro grados de sistemas de seguridad. Estos varían en función del riesgo de la instalación y de la obligación, o no, de estar conectados a una CRA:

  • Grado 1 (Bajo): Sistemas no conectados
  • Grado 2 (Bajo/Medio): Viviendas o pequeños establecimientos que sí están conectados a una CRA
  • Grado 3 (Medio/Alto): Establecimientos obligados a disponer de sistema de alarma conectado a CRA
  • Grado 4 (Alto): Infraestructuras críticas

Los establecimientos obligados a disponer de un sistema de seguridad Grado 3 serían los siguientes:

  • Joyerías y platerías
  • Entidades de crédito
  • Estaciones de servicio y unidades de suministro de combustibles y carburantes
  • Galerías de arte
  • Tiendas de antigüedades
  • Administraciones de loterías
  • Despachos de apuestas mutuas
  • Casinos de juego
  • Salas de bingo y salones de máquinas de juego
  • Otras unidades de negocio y almacenamiento de efectivo

Existen plazos de adecuación para la preparación y puesta en marcha de dichos sistemas:

  • Sistemas ya instalados: Los sistemas de seguridad instalados en establecimientos obligados y no obligados antes de la fecha de la entrada en vigor de la presente Orden (18 de agosto de 2011), disponen de 10 años para adecuarse a la normativa reciente (según orden INT/826/2020 del 3 de septiembre del Ministerio de Interior tendrá de plazo para su adecuación a lo dispuesto en esta orden hasta el 31 de diciembre de 2023).
  • Para nuevas instalaciones: A los sistemas de seguridad instalados después de la entrada en vigor de la ley se les aplicará la normativa de manera inmediata.

Los sistemas instalados de Grado 3 tienen dos años desde la entrada en vigor de dicha normativa para conectarse a una CRA. Siempre con dos vías de comunicación independientes y con un sistema de CCTV con acceso desde CRA para la verificación de los saltos de alarma. Por supuesto, AAS Seguridad se encarga de que todas las instalaciones estén más que adaptadas a las demandas legales.

 

¿Qué es la custodia de llaves?

La custodia de llaves es un servicio personal que ofrecemos en AAS Seguridad. Nosotros guardamos (custodiamos) una copia de las llaves de su hogar o negocio para entregarlas a las fuerzas de seguridad en el caso en el que sea necesario (p. ej. ha saltado una alarma en su local).

El servicio de custodia de llaves es muy útil en otras circunstancias: dejarse las llaves en el interior del edificio y no tener que llamar al cerrajero es otra de las grandes ventajas. Las llaves estarán siempre en nuestras instalaciones de máxima seguridad y podrán estar a disposición del cliente siempre que las necesite.

 

¿Qué es un servicio de ACUDA? ¿Puedo disponer de ello?

 Es un sistema integral que incorpora la actuación de un agente de seguridad en el caso de que una alarma se dispare y/o se necesite disponer del servicio de custodia de llaves. El agente se desplazará a la zona afectada una vez se ha disparado la alarma para proceder a cooperar con las fuerzas de seguridad. También sustituirá al cliente, ya que gracias a la custodia de llaves el agente podrá facilitarlas a la policía para acceder a los recintos comprometidos.

 
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